Vigilancia y control de establecimientos, actividades, productos y servicios
en el mercado comprobando su adecuación a lo establecido por la normativa
vigente.
La inspección podrá visitar todos los establecimientos que tengan
relación directa o indirecta en la investigación que se lleve a
cabo.
Podrá requerir la colaboración de cualquier persona relacionada
con el objeto de la inspección así como solicitar los documentos
que considere relevantes.
Obligaciones del inspeccionado:
- Suministrar información sobre los instaladores, productos y servicios
que venden.
- Tener a disposición de la inspección la documentación que
justifique las transacciones realizadas.
- Facilitar la obtención de copias o reproducciones de la documentación.
- En general, facilitar las visitas de inspección y acceso a las dependencias
del establecimiento.
- Búsqueda de establecimientos de productos incluidos en la red de alerta.
- Productos potencialmente peligrosos para la salud.
- Información y asesoramiento al empresario o titular sobre la normativa
de consumo que le afecta.