La Delegación Municipal de Asuntos Sociales mantiene el proyecto de Becas de Centros Infantiles al objeto de completar la oferta existente por parte de la Comunidad Autonóma y tiene la finalidad de ayudar a familias empadronadas en Cádiz, en situación socio-económica precaria, con menores de tres años, a abonar los gastos que supone ocupar una plaza en los Centros Infantiles privados, siempre que reúnan y acepten los criterios que contemplan el proyecto.
NORMATIVA:
La normativa vinculante con esta prestación es la siguiente:
- Orden de 6 de mayo de 2002, por la que se regula el procedimiento de admisión en Centros de atención socioeducativos (Guarderias Infantiles) BOJA nº 55.
- Decreto 137/ 2002 de 30 de abril, de Apoyo a las Familias Andaluzas.
- Orden de 1 de abril de 2005, por la que se convoca para el curso 2005/06 plazas de nuevo ingreso y de ludoteca en Centros de atención socioeducativa (G.I)
- Decreto 66/2005 de 8 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas.
- Orden de 1 de abril por la que se convocan para el curso 2005/06.
OBJETIVOS:
Objetivo General:
- Contribuir a la Conciliación de la vida familiar y laboral asegurando la atención de los menores cuando su padres trabajen o cuando se detecten situaciones especiales y/o de riesgo.
Objetivos especificos:
- Garantizar la atención de los menores compaginando el horario laboral de los padres/tutores.
- Contribuir al desarrollo socio-educativo de los menores becados.
- Detectar posibles situaciones de riesgo a través de la coordinación con los Centros Infantiles.
- Reforzar y Asesorar la búsqueda de empleo en aquellos padres y/o tutores que hayan declarado una situación laboral no reglada (economía sumergida).
- Fomentar el acercamiento de los sistemas soio-educativos y familiares.
CALENDARIZACIÓN:
- Fecha de inicio: 20 de junio de 2005
- Fecha de finalización: 20 de septiembre de 2005
- Se estudiaran solicitudes fuera de plazo cuando exista incorporación laboral de los padres, situación especial de discapacidad o riesgo en los menores, así como cambio de localidad.
- Las becas se ampliarán durante los meses de julio y agosto a menores en situación socio-económica-laboral muy especial, en función de la disponibilidad presupuestaria y valoración de las Trabajadoras Sociales.
SOLICITUD
DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia D.N.I. de los padres o tutores.
- Fotocopia del Libro de Familia.
- Nómina del mes anterior a la entrega de la solicitud de todas las personas que trabajen en la Unidad Familiar.
- Certificado del mes de la fecha de la solicitud del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) de todos los miembros de la familia en edad laboral, de estar en paro y de no cobrar prestación.
- Declaración Jurada, según modelo, de las personas de la Unidad Familiar que realizan trabajos sin contrato de trabajo.
- Certificado de percibir o no pensiones de la Seguridad Social y/ o de otras Entidades, facilitado en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de todos los miembros de la familia.
- Fotocopia de la Sentencia de separación y/o divorcio o, en su caso, del inicio de tramitación y convenio regulador.
- Fotocopia de Certificado de Discapacidad de la persona afectada.
- Fotocopia de recibo de alquiler o hipoteca del mes anterior a la entrega de la solicitud.
- Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo.
- Fotocopia de vida laboral.
PERFIL DEL MENOR BENEFICAIRO DEL PROYECTO.
- Menores hasta tres años, en situación socioeconómica familiar desfavorable
- Menores hasta seis años de edad, siempre que concurran circunstancias especiales, siendo acreditadas documentalmente, tales como:
- Alto riesgo
- Discapacidad
- No oferta de plazas por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, ni de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales.
CRITERIOS DE BAREMACIÓN:
Se valora tanto la situación económica como la situación socio-familiar
- Situación Económica:
BAREMO ECONÓMICO APLICABLES AÑO 2005 PUNTOS VALORACIÓN
- de 0 a 78,30 € (1/6 del IPREM) 5 90%
- de 78,31 a 117,45 € (1/4 del IPREM) 4 75%
- de 117,46 a 156,60 € (1/3 del IPREM) 3 60 %
- de 156,61 a 234, 90 € (1/2 del IPREM) 2 45 %
- de 234,91 a 313,20 € (1/2+1/6 del IPREM) 1 30 %
- Circunstancias socio-familiares:
PERFIL FAMILIAR PUNTOS.
- B.1. Dificultades que presenta el menor en su desarrollo: deficiencias a nivel psicomotor del lenguaje, hiperactividad, trastornos de conducta,...
Incluir en este apartado los derivados por otros profesionales en relación a este indicador. 2
- B.2. Menores en alto riesgo 3
- B.3. Familias monoparentales 1
- B.4. Que los padres trabajan fuera del domicilio 2
- B.5.Que trabaje solamente el padre y/o la madre fuera del domicilio familiar 1
- B.6. Incapacidad y/o discapacidad de algunos de los padres o tutores (acreditada por los organismos competentes) 1
- B.7. Necesidades de atención especificas de algún miembro de la unidad familiar 1
- B.8. Familia numerosa 1
- B.9. Otras circunstancias 1
RESOLUCIÓN:
- Positiva:
- Para ser beneficiario/a, deberán tener puntuación en las dos situaciones a baremar (situación económica y circunstancias socio-familiares).
- Obtendrán beca los menores que hayan alcanzado puntuación de cuatro y más puntos, hasta el límite de la cantidad que a tal efecto está consignado en los presupuestos de la Delegación Municipal de Asuntos Sociales.
- La Beca estará determinada en función de la puntuación obtenida por la Delegación Municipal de Asuntos Sociales, y no por la Guardería/ Escuela Infantil elegida.
- Se otorgará Beca para cubrir los Servicios de permanencia y de comedor siempre que la Trabajadora Social lo valore como necesario. Quedan excluidos gastos de matricula y material.
- También se contemplará para la resolución positiva lo siguiente:
- Para beneficiarse de la beca con comedor, será necesario que concurra una o varias de las siguientes situaciones:
- El horario laboral de los padres y/o tutores coincida con el horario del servicio de comedor.
- Por prescripción facultativa
- Por riesgo de los menores.
- El máximo de concesión es el 90 % y el mínimo es del 30 % de los servicios concedidos. Excepto casos excepcionales que se expondrá ante la Comisión Técnica y/o Coordinadora.
Grado de Concesión:
Aplicación del baremo económico:
- 5 90% 10%
- 4 75% 25%
- 3 60% 40%
- 2 45% 55%
- 1 30% 70%
Cuando la concesión es del 90% y los beneficiarios son dos menores (hermanos), las aportaciones serán las siguientes:
- PARA EL 1º HIJO/A 90% 10%
- PARA EL 2º HIJO/A 100% 0%
Cuando la concesión es del 75 % y los beneficiarios son dos menores (hermanos, las aportaciones serán las siguientes:
- PARA EL 1º HIJO/A 75% 25%
- PARA EL 2º HIJO/A 90% 10%
-
Negativa:
Puntuación igual o inferior a tres puntos.