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03.09.2010 00:35
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Servicio de Asistencia a Domicilio

1. DESCRIPCIÓN

El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) constituye una prestación básica del Sistema Público de Servicios Sociales. Tiene carácter preventivo y rehabilitador, permitiendo la permanencia en el entorno habitual mientras sea posible y conveniente y tendiendo a incrementar los niveles de calidad de vida.

Los destinatarios finales del SAD son mayoritariamente personas mayores, sin embargo, este servicio no es exclusivo de personas de edad avanzada, se presta atención a los siguientes sectores:

Los objetivos fundamentales del S.A.D. son los siguientes:

  • Incrementar la autonomía de las personas con deficiencia en este aspecto para que puedan permanecer viviendo en su domicilio el mayor tiempo posible.
  • Conseguir cambios de conductas en las personas que son atendidos para mejorar su calidad de vida.
  • Facilitarles la realización de tareas y actividades que no puedan realizar por sí solas, sin interferir en su capacidad de decisión.
  • Fomentar el desarrollo de hábitos saludables (alimentación, higiene y ejercicio físico).
  • Potenciar el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre en la propia casa y en el entorno comunitario, dentro de las posibilidades reales de la persona. Aumentar la seguridad de la persona.
  • Disminuir el problema de soledad que sufren muchos mayores en la ciudad de Cádiz, favoreciendo la participación del usuario en la vida de la comunidad.
  • Acercar la cultura a determinados grupos de mayores que por motivos de tiempo o incluso económicos no pudieran acceder a ella.

Las actuaciones básicas que integran el Programa son las siguientes:

  • Actuaciones de carácter doméstico.
  • Actuaciones de carácter personal.
  • Actuaciones de carácter educativo.
  • Actuaciones de carácter socio-comunitario.
  • Ayudas técnicas y adaptativas del hogar.
  • Servicio de comidas a domicilio.

2. DIRIGIDO A:

  • Mayores: personas de 60 y más años.
  • Discapacitados: Personas de edad comprendida de 0 a 60 años que presentan una discapacidad, entendida ésta como una limitación anatómica y/o funcional que le hace susceptible de ayuda para la realización de las actividades de la vida diaria.
  • Familia: familias con hijos menores de 18 años con problemas disociales, familiares y de malos tratos, sea cual fuere la estructura social de la misma.
  • Otros Colectivos: Este sector contempla a aquellas personas que presentan limitaciones y necesidades de apoyo y que no pertenecen a los anteriormente expuesto (alcohólicos, enfermos mentales, enfermos crónicos….).

3. REQUISITOS

Al ser el S.A.D un servicio público y en cumplimiento de principio de IGUALDAD, es imprescindible objetivar de manera medible la situación de necesidad que presentan los interesados. Para ello, la Trabajadora Social valorará las siguientes situaciones, aplicando el baremo aprobado para tal fin:

  • 1. Nivel de autonomía personal
  • 2. Situación personal y familiar
  • 3. Situación de la vivienda
  • 4. Situación económica
  • 5. Situación social
  • 6. Otras circunstancias

Los criterios de valoración de estas situaciones varían en función de la problemática que afecte a cada caso, a tales efectos se han establecido dos tipologías:

  • Personas mayores, discapacitadas o con problemas de salud
  • Familia e infancia.

4. GESTOR

  • Zona de Trabajo Social 1 (Intramuros)
    C/ Zaragoza nº 1
    11002 CÁDIZ
    Tfno.: 956 80 86 00
  • Zona de Trabajo Social 2 (Intramuros-Extramuros)
    Avda del Guadalquivir, s/n
    11012 Cádiz
    Tlfno: 956 25 41 62
  • Zona de Trabajo Social 3 (Extramuros)
    Avda del Guadalquivir, s/n
    11012 Cádiz
    Tlfno: 956 25 41 62

* La recogida y recepción de solicitudes se realizará en cada Zona de Trabajo Social.

5. NORMATIVAS<

  • La Ley 2/88, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, que tiene por objeto regular y garantizar en el ámbito de la Comunidad Andaluza un sistema público de Servicios Sociales.
  • Decreto 11/92, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios.
  • Orden de 22 de octubre de 1996, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios.

6. PLAZOS

El plazo de presentación de solicitudes se realiza durante todo el año.

7. PUEDE REALIZARSE EL TRÁMITE:
PRESENCIAL

Documentación:

  • Fotocopia DNI
  • Certificado de Empadronamiento
  • Informe médico (adjunto)
  • Última declaración de IRPF de la unidad familiar
  • Certificación negativa, en el supuesto de no estar obligado a realizar la declaración del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
  • Certificado del INSS de ingresos percibidos durante el año y certificado negativo de no percibir pensión de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificados de ingresos actuales de todos los miembros de la unidad familiar: (nómina, certificados del INEM, fotocopia de la cartilla del INEM..).




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