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12.03.2010 02:39
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Junta Arbitral

¿Qué es el Sistema Arbitral de Consumo?

Es una vía extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre los dos protagonistas del consumo: el comprador o usuario y el vendedor o prestador de servicio.

El 3 de mayo de 1993 se promulgó, por Real Decreto, su Reglamento de funcionamiento y ofrece:

  • RAPIDEZ, porque se tramita en un corto espacio de tiempo. Máximo 4 meses desde la formación del Convenio Arbitral.
  • EFICACIA, porque se resuelve mediante un laudo o resolución sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria.
  • ECONOMÍA, porque es gratuito para las partes, que deben costear sólo en determinados supuestos la práctica de peritajes.
  • VOLUNTARIEDAD, porque ambas partes se adhieren libremente al Sistema para quedar vinculadas a las resoluciones.
  • EJECUTIVIDAD, porque los laudos -resoluciones arbitrales- son de aplicación obligada.




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