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Bonificaciones para pensionistas en las Tarifas de Electricidad
BENEFICIARIOS:
- Ser pensionista ( No importa la edad).
- Tener el contrato de la luz, a nombre del solicitante.
- Tener unos ingresos reales no superior al 150 % IPREM (704, 70 € en 2005) descontando el alquiler o hipoteca.
- Consumir un máximo de 200 Kw/ mes (400 Kw por recibo). Por tanto, aquellos recibos que superen estos límites no se aplicará bonificación alguna, sino la tarifa normal estipulada.
- La potencia contratada en la Póliza de electricidad no puede ser superior a 4.400 W.
NORMATIVA: Acuerdo de Comisión de Gobierno celebrada ( copiar aquí el acuerdo)
SOLICITUD
PLAZOS: La solicitud se podrá presentar a lo largo del año en curso
DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopias de las Tarjetas de Desempleo actualizadas de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.
- Certificado de vida laboral de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.
- Certificado de empresa o fotocopia legalizada de la última nómina de los miembros que estén trabajando.
- Certificado del SAE de percibir o no prestación por desempleo.
- Certificado de pensiones (negativas o positivas) del resto de miembros de la unidad familiar.
