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Bonificaciones para pensionistas en las Tarifas de Electricidad

BENEFICIARIOS:

  • Ser pensionista ( No importa la edad).
  • Tener el contrato de la luz, a nombre del solicitante.
  • Tener unos ingresos reales no superior al 150 % IPREM (704, 70 € en 2005) descontando el alquiler o hipoteca.
  • Consumir un máximo de 200 Kw/ mes (400 Kw por recibo). Por tanto, aquellos recibos que superen estos límites no se aplicará bonificación alguna, sino la tarifa normal estipulada.
  • La potencia contratada en la Póliza de electricidad no puede ser superior a 4.400 W.

NORMATIVA: Acuerdo de Comisión de Gobierno celebrada ( copiar aquí el acuerdo)

SOLICITUD
PLAZOS: La solicitud se podrá presentar a lo largo del año en curso

DOCUMENTACIÓN:

  • Fotocopia del D.N.I.
  • Fotocopias de las Tarjetas de Desempleo actualizadas de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.
  • Certificado de vida laboral de los miembros de la unidad familiar en edad laboral.
  • Certificado de empresa o fotocopia legalizada de la última nómina de los miembros que estén trabajando.
  • Certificado del SAE de percibir o no prestación por desempleo.
  • Certificado de pensiones (negativas o positivas) del resto de miembros de la unidad familiar.