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Becas de Centros Infantiles

La Delegación Municipal de Asuntos Sociales mantiene el proyecto de Becas de Centros Infantiles al objeto de completar la oferta existente por parte de la Comunidad Autonóma y tiene la finalidad de ayudar a familias empadronadas en Cádiz, en situación socio-económica precaria, con menores de tres años, a abonar los gastos que supone ocupar una plaza en los Centros Infantiles privados, siempre que reúnan y acepten los criterios que contemplan el proyecto.

NORMATIVA:

La normativa vinculante con esta prestación es la siguiente:

  • Orden de 6 de mayo de 2002, por la que se regula el procedimiento de admisión en Centros de atención socioeducativos (Guarderias Infantiles) BOJA nº 55.
  • Decreto 137/ 2002 de 30 de abril, de Apoyo a las Familias Andaluzas.
  • Orden de 1 de abril de 2005, por la que se convoca para el curso 2005/06 plazas de nuevo ingreso y de ludoteca en Centros de atención socioeducativa (G.I)
  • Decreto 66/2005 de 8 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas.
  • Orden de 1 de abril por la que se convocan para el curso 2005/06.

OBJETIVOS:

Objetivo General:

  • Contribuir a la Conciliación de la vida familiar y laboral asegurando la atención de los menores cuando su padres trabajen o cuando se detecten situaciones especiales y/o de riesgo.

Objetivos especificos:

  • Garantizar la atención de los menores compaginando el horario laboral de los padres/tutores.
  • Contribuir al desarrollo socio-educativo de los menores becados.
  • Detectar posibles situaciones de riesgo a través de la coordinación con los Centros Infantiles.
  • Reforzar y Asesorar la búsqueda de empleo en aquellos padres y/o tutores que hayan declarado una situación laboral no reglada (economía sumergida).
  • Fomentar el acercamiento de los sistemas soio-educativos y familiares.

CALENDARIZACIÓN:

  • Fecha de inicio: 20 de junio de 2005
  • Fecha de finalización: 20 de septiembre de 2005
  • Se estudiaran solicitudes fuera de plazo cuando exista incorporación laboral de los padres, situación especial de discapacidad o riesgo en los menores, así como cambio de localidad.
  • Las becas se ampliarán durante los meses de julio y agosto a menores en situación socio-económica-laboral muy especial, en función de la disponibilidad presupuestaria y valoración de las Trabajadoras Sociales.

SOLICITUD

DOCUMENTACIÓN:

  • Fotocopia D.N.I. de los padres o tutores.
  • Fotocopia del Libro de Familia.
  • Nómina del mes anterior a la entrega de la solicitud de todas las personas que trabajen en la Unidad Familiar.
  • Certificado del mes de la fecha de la solicitud del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) de todos los miembros de la familia en edad laboral, de estar en paro y de no cobrar prestación.
  • Declaración Jurada, según modelo, de las personas de la Unidad Familiar que realizan trabajos sin contrato de trabajo.
  • Certificado de percibir o no pensiones de la Seguridad Social y/ o de otras Entidades, facilitado en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de todos los miembros de la familia.
  • Fotocopia de la Sentencia de separación y/o divorcio o, en su caso, del inicio de tramitación y convenio regulador.
  • Fotocopia de Certificado de Discapacidad de la persona afectada.
  • Fotocopia de recibo de alquiler o hipoteca del mes anterior a la entrega de la solicitud.
  • Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo.
  • Fotocopia de vida laboral.

PERFIL DEL MENOR BENEFICAIRO DEL PROYECTO.

  • Menores hasta tres años, en situación socioeconómica familiar desfavorable
  • Menores hasta seis años de edad, siempre que concurran circunstancias especiales, siendo acreditadas documentalmente, tales como:
    • Alto riesgo
    • Discapacidad
    • No oferta de plazas por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, ni de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales.

CRITERIOS DE BAREMACIÓN:

Se valora tanto la situación económica como la situación socio-familiar

  • Situación Económica:
    BAREMO ECONÓMICO APLICABLES AÑO 2005 PUNTOS VALORACIÓN
    • de 0 a 78,30 € (1/6 del IPREM) 5 90%
    • de 78,31 a 117,45 € (1/4 del IPREM) 4 75%
    • de 117,46 a 156,60 € (1/3 del IPREM) 3 60 %
    • de 156,61 a 234, 90 € (1/2 del IPREM) 2 45 %
    • de 234,91 a 313,20 € (1/2+1/6 del IPREM) 1 30 %
  • Circunstancias socio-familiares:
    PERFIL FAMILIAR PUNTOS.
    • B.1. Dificultades que presenta el menor en su desarrollo: deficiencias a nivel psicomotor del lenguaje, hiperactividad, trastornos de conducta,...
      Incluir en este apartado los derivados por otros profesionales en relación a este indicador. 2
    • B.2. Menores en alto riesgo 3
    • B.3. Familias monoparentales 1
    • B.4. Que los padres trabajan fuera del domicilio 2
    • B.5.Que trabaje solamente el padre y/o la madre fuera del domicilio familiar 1
    • B.6. Incapacidad y/o discapacidad de algunos de los padres o tutores (acreditada por los organismos competentes) 1
    • B.7. Necesidades de atención especificas de algún miembro de la unidad familiar 1
    • B.8. Familia numerosa 1
    • B.9. Otras circunstancias 1

RESOLUCIÓN:

  • Positiva:
    • Para ser beneficiario/a, deberán tener puntuación en las dos situaciones a baremar (situación económica y circunstancias socio-familiares).
    • Obtendrán beca los menores que hayan alcanzado puntuación de cuatro y más puntos, hasta el límite de la cantidad que a tal efecto está consignado en los presupuestos de la Delegación Municipal de Asuntos Sociales.
    • La Beca estará determinada en función de la puntuación obtenida por la Delegación Municipal de Asuntos Sociales, y no por la Guardería/ Escuela Infantil elegida.
    • Se otorgará Beca para cubrir los Servicios de permanencia y de comedor siempre que la Trabajadora Social lo valore como necesario. Quedan excluidos gastos de matricula y material.
    • También se contemplará para la resolución positiva lo siguiente:
      • Para beneficiarse de la beca con comedor, será necesario que concurra una o varias de las siguientes situaciones:
        • El horario laboral de los padres y/o tutores coincida con el horario del servicio de comedor.
        • Por prescripción facultativa
        • Por riesgo de los menores.
      • El máximo de concesión es el 90 % y el mínimo es del 30 % de los servicios concedidos. Excepto casos excepcionales que se expondrá ante la Comisión Técnica y/o Coordinadora.

    Grado de Concesión:
    Aplicación del baremo económico:

    • 5 90% 10%
    • 4 75% 25%
    • 3 60% 40%
    • 2 45% 55%
    • 1 30% 70%

    Cuando la concesión es del 90% y los beneficiarios son dos menores (hermanos), las aportaciones serán las siguientes:

    • PARA EL 1º HIJO/A 90% 10%
    • PARA EL 2º HIJO/A 100% 0%

    Cuando la concesión es del 75 % y los beneficiarios son dos menores (hermanos, las aportaciones serán las siguientes:

    • PARA EL 1º HIJO/A 75% 25%
    • PARA EL 2º HIJO/A 90% 10%
  • Negativa:
    Puntuación igual o inferior a tres puntos.