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13.03.2010 15:35
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Mercados y Ferias

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VII FERIA PROFESIONAL DE ARTESANÍA DE CÁDIZ


Lugar: Plaza de San Antonio
Fechas: 11 de diciembre de 2009 a 5 de enero de 2010
Horario general: de 11:00 a 15:00 horas y 17:00 a 22:00 horas.
Horarios especiales:

 

    • 24 y 31 de diciembre: de 11:00 a 18:00 horas.
    • 5 de enero: de 11:00 a 24:00 horas.

Montaje: 9 y 10 de diciembre de 2009
Desmontaje: 7 y 8 de enero de 2010

Inauguración Oficial: 11 de diciembre de 2009 a las 18:00 horas

N.º de puestos: máximo de 30
Fecha de solicitud: del 13 al 30 de octubre de 2009
Lugar de solicitud: Delegación Municipal de Artesanía
Listado provisional: 6 de noviembre de 2009
Abono stand: Hasta el 13 de noviembre de 2009
Abono tasas: Hasta el 13 de noviembre de 2009
Recogida de licencias: 5 de diciembre de 2009
Tasas municipales: 60,65€
Alquiler de stand: 475,60€
Características de los stand: de madera (panel marino), color embero, 250 x 210 x 240 cm, mostrador de 120 cm, estanterías con baldas de 30 cm
Bases de participación:

    • Los solicitantes tendrán que estar legalmente constituidos como empresa artesana conforme al art. 5.2 apartado b de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, y ejercer uno de los oficios establecidos en el Decreto 4/2008, de 8 de enero, por el que se aprueba el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. No se admitirán solicitudes de asociaciones.
    • Para admitir una solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
    • Carta de Artesano de la Comunidad Autónoma en la que radique el taller
    • Certificado de alta en el IAE
    • Certificado de vida laboral
    • Certificado de estar al corriente con la Hacienda local
    • Certificado de estar al corriente con la Hacienda Autonómica
    • Certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal
    • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
    • Tendrán preferencia, por este orden:
    • Artesanos con licencia de la marca “Artesanía de Cádiz”
    • Artesanos de la ciudad de Cádiz, con taller permanente en la ciudad de Cádiz
    • Artesanos del resto de España, con taller abierto permanentemente
    • La organización aportará:
    • La acometida y el consumo eléctrico.
    • La publicidad (carteles, folletos, anuncios en prensa y radio).
    • La decoración de los puestos y el entorno.
    • El rótulo con el nombre del taller, para instalar en el puesto
    • Bolsas de compra
    • A los adjudicatarios se les otorgará la correspondiente licencia municipal de venta de artesanía. Para retirar la misma deberá presentar el recibo de haber abonado las tasas correspondientes.
    • Las condiciones generales de venta serán:
      • La Licencia se entenderá otorgada, exclusivamente, a la empresa persona física o jurídica para la que se expida, no pudiendo ser utilizada por otra distinta, ni transferirse a terceros ya sea a título oneroso o gratuito. No se otorgarán licencias a asociaciones.
      • El Titular de la Licencia deberá ubicarla en un lugar visible del puesto, y tendrá a disposición de la autoridad competente, la documentación acreditativa de su personalidad, y el último recibo de la Seguridad Social.
      • En caso de disponer trabajadores, estos deberán estar contratados legalmente, y deberá tener a disposición de la autoridad, la documentación que lo acredite.
      • El Titular de la Licencia o persona contratada por este, tendrá que ocupar el puesto que le haya sido asignado los días y horas establecidos, no pudiendo intercambiarlo ni cederlo.
      • El titular de la licencia colocará el rótulo que le facilite la organización con el nombre de su taller, en el lugar que le indiquen los responsables municipales.
      • Las mercancías tendrán que proceder de la propia producción del titular de la licencia; podrán exponerse exclusivamente en el interior del puesto, ya sea en el mostrador o en las estanterías del mismo; deberán tener señalados los precios de venta con suficiente notoriedad.
      • El Titular de la Licencia deberá mantener limpio el lugar mientras se efectúe la actividad, dejándolo expedito el día 7 de enero.
      • En ningún caso se podrán utilizar aparatos de megafonía, ni realizar actividades que puedan causar molestias al vecindario o público en general, o dificulten la circulación de vehículos y / o peatones.
      • El incumplimiento de estas normas conllevará la retirada inmediata de la Licencia, sin derecho a indemnización alguna.

       





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